Actas de Condados de 1905, Proyecto de Ley

Acta Núm. 5, Reunión del día decimoctavo

Se acordó que el periodo de gobierno de la primera Junta de Condado será de un año y de dos años el de las Juntas sucesivas. Regis H. Post afirmó que se hicieran las enmiendas oportunas donde conste en el Acta, pero que al redactar la Ley de Condados sirvan de norma las Actas de las Subcomisiones y no los informes. Todos conformes con el informe de la Subcomisión Administrativa, fue aprobada y se mandó a dar lectura al informe de la Subcomisión de Hacienda.

En esta página del Acta queda expresado que se abarcaron todos los puntos necesarios para recabar para los puertorriqueños una mayor injerencia en su gobierno propio, removiendo todos los obstáculos de orden financiero.

Se observó que existen pequeñas municipalidades que en el pasado no habían formado su presupuesto aplicando solo una mínima parte al sostenimiento de los servicios municipales de todas clases y Barbosa propuso que se asignara un límite invariable a los gastos del personal y material administrativo fijado al 50% de los ingresos probables en cada presupuesto que se efectuara.

La subcomisión convino en dejar a los Condados las tres quintas partes de contribución sobre la propiedad como base de su vida económica, todo lo que se recaudara por patentes industriales y comerciales en el Condado y la contribución especial sobre escuelas, dejando a sus necesidades locales dos quintas partes de la contribución sobre la propiedad y demás ingresos y arbitrios actuales. Para la recaudación por patentes industriales y comerciales, un plan uniforme formando cuatro distintas agrupaciones de comerciantes al por mayor.

Se hicieron extensivas a los artesanos y aprobaron que el promedio de las diversas tarifas sea tomado en cuenta para establecer las tarifas de patentes industriales y de comercio según las agrupaciones de pueblos en orden a su importancia y riqueza. Que los fabricantes de ron y cigarrillos no paguen patentes industriales y comerciales y que el valor de las licencias que se cobran por el Tesoro Insular sobre fábricas de tabacos, ron, etc., se ingresen por el Tesoro Insular en las respectivas Tesorerías de los Condados. Se propuso establecer acción penal con la civil dando competencia a los Jueces de Paz para imponer una multa que no exceda de cien ($100) dólares a quien incumpliera.

La Subcomisión sugiere que los cobros de patentes de comercio e industria sean efectuados por los empleados de Condados y de los Municipios. Acordaron consignar en la ley una previsión para refundir las deudas actuales de los Municipios y pedir anticipos de dinero al Tesoro Insular.  Se presentó una propuesta para que, si un Municipio desea contratar un empréstito por medio de una emisión de bonos, envíe una solicitud a la Asamblea Legislativa para que autorice una ley. Esta fue aprobada.
 
Leído el informe se aprobó sin comentarios y se mandó dar lectura al informe de la Subcomisión de Sanidad y Beneficencia.

La Subcomisión de Sanidad concede al Inspector de Sanidad el derecho de apelación ante el Gobernador de Puerto Rico quien oirá a la Junta Superior de Sanidad. Que además del derecho de elegir a un Farmacéutico donde no tengan médico para el puesto de Inspector de Sanidad, pueden elegir un practicante titulado. Y propusieron que las Juntas de Condados sostendrán en cada pueblo una sala de socorro.

Se dio por terminada la lectura y por aprobado el informe. 

Acto seguido se mandó dar lectura al informe de la Subcomisión de Instrucción manifestando el Sr. Matienzo quien la presidió, que no había tenido tiempo de redactar un informe; que las modificaciones hechas no habían sido grandes. Acordaron:

Terminada la lectura del informe de la Subcomisión se aprobó y se pasó a leer el informe de la Subcomisión de Obras Públicas.

<< Regresar página 6

Continuar página 8 >>