Actas de Condados de 1905, Proyecto de Ley
Acta Núm. 1 del 16 de febrero de 1905
El Consejo Ejecutivo de Puerto Rico, reunido el 16 de febrero de 1905 informó el C.B. 16 (Committee Amendment) mediante el siguiente Proyecto de Ley sustituto "Para proveer una Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa que prepare un sistema de Gobierno Local en Puerto Rico". La ley que estaba vigente al momento, era satisfactoria para las ciudades mayores, pero onerosa para los pueblos pequeños que tenían que sufragar en igual proporción que los municipios grandes las cuotas que les dejaban en bancarrota.
La Comisión Total del Consejo informó un Proyecto de Ley sustituto “Para proveer una Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa que prepare un sistema de Gobierno Local en Puerto Rico”.
Al aprobarse la ley se nombrarían siete miembros de la Cámara de entre todos los partidos políticos sumados a siete miembros del Consejo Ejecutivo para crear una Comisión que se ocupe de hacer ajustes para cambiar la ley vigente. Se fundamentó en la conveniencia de establecer un sistema de gobierno de Condados en la Isla y hacerle las modificaciones a la Ley Municipal para que estuviera de conformidad con el sistema propuesto.
Su misión era crear un sistema de gobierno de Condado en la Isla y realizar las modificaciones a la Ley Municipal para que estuviera de conformidad con el sistema propuesto.
Acuerdos de la reunión:
- Que la Comisión tendría hasta el 1 de septiembre de 1905 para reunirse y hacer los informes con sus conclusiones. Los informes serían incorporados a un Proyecto de Ley para someterlo a la consideración de la Asamblea Legislativa.
- Que al quedar terminado el informe se imprimiría en inglés y en español, repartiéndose entre los miembros de la Asamblea Legislativa antes del 1º de enero de 1906.
- Se acordó pagarle por sus servicios a cada miembro de la Cámara de Delegados que perteneciera a las comisiones.
- La Cámara de Delegados determinó que la Comisión podría invitar a los Alcaldes de los municipios a concurrir con voz en los procedimientos, pero sin voto.
- Se asignó la suma de $2,000 dólares de Tesorería para el pago de dietas y viajes de los miembros de la Cámara de Delegados.
La sección 2 del Acta estipula que la Comisión tendría hasta el 1 de septiembre de 1905 para reunirse y hacer los informes con las conclusiones y estos serían incorporados a un Proyecto de Ley para someterlo a la consideración de la Asamblea Legislativa. Al quedar terminado el informe se imprimiría en inglés y en español, repartiéndose entre los miembros de la Asamblea Legislativa.
La ley empezaría a regir desde la fecha de su aprobación.


